J&J Asociados S.A.C.

La información a tiempo nos permite tomar mejores desiciones


Deja un comentario

MTPE pedirá al empleador nuevos datos del trabajador

A partir del 1 de julio, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) solicitará a los empleadores que registren nueva información sobre la situación educativa de sus trabajadores.

 

Dicho portafolio modificó las tablas paramétricas del Registro de Información Laboral (T-Registro) y anexos de la planilla electrónica, mediante Resolución Ministerial N° 107-2014-TR, que entrará en vigencia en dicha fecha.

 

Los empleadores incorporarán en el T-Registro de la planilla electrónica los nuevos datos de la situación educativa del trabajador como el detalle de las instituciones en las que estudió y los estudios que concluyó.

Desde el 1 de julio el registro de los datos de la situación educativa del trabajador será obligatorio para todos los empleadores que inscriban nuevos trabajadores, así como para los que efectúen la actualización o modificación de la situación educativa de su personal.

 

Los empleadores que antes de la entrada en vigencia de la citada resolución hayan registrado a sus trabajadores con las pautas anteriores a la modificación de las tablas deberán actualizar los registros hasta el 31 de octubre, precisó el MTPE.

 

Control

La información reportada por los empleadores en la planilla electrónica será susceptible de fiscalización por la autoridad administrativa de trabajo.

 

 

Fuente: Diario El Peruano


Deja un comentario

APRUEBAN REGLAMENTO DEL FONDO DE APOYO A LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS COFINANCIADAS (FONDO APP)

Decreto Supremo Nº 136-2014-EF. La presente norma tiene por objeto dictar las disposiciones reglamentarias del Fondo de Apoyo a las Asociaciones Público Privadas Cofinanciadas, creado por el artículo 17° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.

El Fondo de Apoyo a las Asociaciones Público Privadas Cofinanciadas tiene como finalidad coadyuvar al cofinanciamiento que requiera la ejecución de proyectos mediante Asociaciones Público Privadas cofinanciadas que sean formulados por el Comité Especial de Proyectos de Inversión Pública de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, así como la ejecución de proyectos mediante Asociaciones Público Privadas cofinanciadas originadas por iniciativas privadas. Las Asociaciones Público Privadas cofinanciadas a que se refiere el párrafo anterior se rigen por el Decreto Legislativo N° 1012 y su Reglamento.

Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Reglamento del Fondo de Apoyo a las Asociaciones
Público Privadas Cofinanciadas que establezca las disposiciones para la aplicación de lo señalado en el artículo 17° de la Ley N° 30114.

De conformidad con el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el artículo 17° de la Ley N° 30114.

El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 11 de junio de 2014.


Deja un comentario

Controla tu contabilidad

finanzas_saludables_0212Algunos dueños de pequeñas y medianas empresas (Pymes) ven lacontabilidad como una tarea agobiante que en lugar de ayudarlos, los aleja de la administración de su negocio. Incluso, hay quienes se ponen muy nerviosos cuando es momento de ocuparse de la parte fiscal de su compañía y siempre tienen temor a ser auditados.

La buena noticia es que no hay razón para sentirte intimidado al respecto. Toma en cuenta que los empresarios exitosos no ven la contabilidad como algo negativo. Esto debido a que han adoptado algunos principios básicos para mantenerse al día con todo el papeleo y cálculos correspondientes. Al hacerlo así, ahorran tiempo, dinero y, sobre todo, una gran cantidad de estrés.

Sigue estos pasos clave para organizar las tareas contables de tu empresa y mantener actualizada la información financiera.

1. Utiliza un software de contabilidad. Lo primero es familiarizarte de manera general con la herramienta. Esto incluye desde aprender cómo registrar los datos, hasta conciliar estados de cuenta del banco y elaborar reportes semanales, mensuales o anuales. 

Una vez que domines las funciones básicas y que comprendas el potencial que tiene la aplicación, escoge una de las siguientes opciones para sacarle el máximo provecho:

Hazlo tú mismo. Toma un curso para aprender a usar el software y dedica tiempo cada semana a ingresar la información y hacer un balance de los estados de cuenta bancarios. Si te retrasas en registrar las transacciones, luego podría ser difícil ponerse al día. Aquí es cuando la mayoría termina con todos los comprobantes, recibos y facturas en una caja para revisarlos después. Si no tienes tiempo para esta tarea, lo mejor es delegarla a alguien más.

Entrena a un asistente general. Su función principal será ayudar a mantener en orden los libros de contabilidad. Aunque tu papel sea el de supervisar e implantar un sistema de control interno, sigue siendo crucial que tengas un conocimiento básico y práctico del software y de todos los procedimientos a seguir. 

Emplea a un pasante universitario. Debe ser alguien que estudie contabilidad. No es difícil encontrar a una persona con este perfil, pero recuerda no darle demasiados atributos y privilegios, sobre todo en lo que se refiere a la firma de cheques y control del pago de cuentas. No importa que el recién egresado se encargue del sistema, de todas maneras tienes que supervisar su trabajo para asegurarte de que todo esté en orden. 

Contrata a un contador. El objetivo es que te provea de los servicios profesionales que requieres para cumplir con tus obligaciones fiscales, como presentar las declaraciones mensuales y anuales. Es cierto que un contador será más diestro y entendido que tú o algún asistente. Sin embargo, considera que su contratación incrementará tus costos, especialmente, si tu organización aún es pequeña. Por eso, una estrategia inteligente es negociar una iguala mensual, de manera que puedas incluir este servicio en la parte de gastos dentro de tu presupuesto. 

2. Separa las cuentas. Es decir, no mezcles lo personal con el negocio. El simple hecho de mantener independientes las cuentas bancarias, tarjetas de crédito y chequeras facilitará mucho la labor del encargado de llevar tanto tu contabilidad como la de la empresa. Además, esto es fundamental si quieres ser un dueño que actúa de manera profesional y que tiene una verdadera visión corporativa.  

3. Evita manejar efectivo. En vez de hacer pagos con billetes y monedas, mejor utiliza una tarjeta de débito o crédito. Una de las desventajas de usar efectivo es que puedes perder fácilmente la pista de las transacciones. Si tienes que sacar dinero de un cajero automático, imprime el comprobante y anota a qué vas a destinar dicho retiro. De esta manera, tendrás un control más eficiente.

4. No acumules papeles. Al principio quizá no lo percibas, aunque archivar documentos fiscales por al menos cinco años puede convertirse en un fastidio. Una opción es adquirir una caja de seguridad a prueba de fuego para guardar los documentos importantes (contratos, pólizas de seguro, etc.). Todo esto junto con un respaldo actualizado del software de tu contabilidad y las declaraciones de impuestos en un dispositivo de memoria electrónica. 

Para incrementar la protección, contempla la posibilidad de almacenar los documentos físicos fuera de la empresa o guardar los registros y archivos escaneados en un sitio seguro en línea. 

5. Reúnete con tu contador. Lo ideal es hacerlo cada trimestre –para tomar decisiones a tiempo– y mínimo dos veces al año. En estas reuniones deben revisar el avance en el cumplimiento de metas financieras, pagos de impuestos, procedimientos de nómina y estrategias fiscales. 

Recuerda que en estas juntas tu contador debe presentarte ideas y consejos. ¡Atención! Si las sesiones consisten en que tú tienes que proponer todo, mientras el otro se limita a emitir su opinión, se trata del profesionista equivocado. Así que no dudes en buscar a alguien más. 

* El autor es Contador público certificado, especialista en negocios e impuestos y socio y Gerente de J&J ASOCIADOS S.A.C. 


Deja un comentario

5 Principios para finanzas saludables

ImagenUn requisito indispensable para asegurar el éxito de un negocio es el correcto manejo del dinero. Para esto, es importante tomar buenas decisiones, debido a que se pone en riesgo una gran cantidad de capital que, en caso de no tomar las decisiones adecuadas, podemos perder.

Sin finanzas sanas no perdurará ninguna empresa, y con ello se pierde tiempo, ganas e inversión. Pero ¿sabes cuáles son los principios básicos que rigen una administración? Uno de los beneficios más importantes que conlleva una buena administración es proteger el capital de trabajo para que una empresa funcione bien sin generar pérdidas.

Conoce algunos de los principios que debes tener en cuenta en el momento de llevar a cabo un proyecto financiero:

Dueño y administrador
Una empresa requiere tiempo y cuidados. Sin estos dos elementos el negocio no tendrá proyección y todo esfuerzo habrá sido en vano. Para evitar que esto ocurra, el dueño debe verse a sí mismo como el administrador, de manera que sepa del dinero que se invierte y el que entra como ganancia, para poder llevar un registro financiero. El empresario debe tener a la mano la información financiera de su empresa: cuánto gana, cuánto pierde y cuánto invierte. Para ello es necesario no sólo que se involucre en el balance y en la creación de estados financieros, sino conocer la terminología y conceptos básicos de este aspecto de su empresa. 

Equilibrio económico
Existen dos formas de ingreso de dinero en una empresa: aporte de capital mediante un inversionista o por ingresos derivados de las ventas. Ambas maneras de ingresos hacen a la empresa una organización rentable y saludable.

Tener en cuenta las salidas y entradas de dinero es vital en una empresa, pero siempre se debe poner mayor atención en incrementar los ingresos por ventas que preocuparse de los costos, debido que no puede salir nada que no haya entrado primero. Antes de emprender haz proyecciones financieras y descubre cuándo alcanzarás tu punto de equilibrio, esto es necesario para saber si tu empresa está creciendo y produciendo lo que esperabas y para saber cuándo podrás pagar los créditos o préstamos que recibiste.  

Saber vender
En sus inicios, muchas empresas incurren en grandes gastos e invierten en mobiliario y equipo antes de generar ingresos económicos. Sin embargo, lo primordial es enfocarse en conseguir clientes mediante publicidad o acciones de marketing o networking y evitar gastos innecesarios, ofreciendo productos y servicios de calidad. Además, es importante demostrar seguridad a la hora de ofrecer nuestros servicios, ya que hace más creíble y confiable a la empresa.

No fiar
Dar crédito y fiar son términos completamente distintos. Fiar es sinónimo de regalar el producto o servicio, y si quieres dar crédito a un cliente debes determinar las posibilidades de pago y tener a alguien capacitado para realizar la cobranza, quien debe ser de tu total confianza. 

Tener reserva en efectivo
Los imprevistos ocurren cuando uno menos lo espera. Para hacer frente a este tipo de situaciones, lo recomendable es tener siempre ahorros en algún banco en caso de eventualidades que requieran de dinero para su solución. Este ahorro debe convertirse en un hábito, ya que es indispensable tener un as bajo la manga, a pesar de que aparentemente tu empresa sea exitosa y rentable.


Deja un comentario

¿CÓMO CALCULAR LA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIO?

La bonificación extraordinaria equivale al aporte al EsSalud (9%) que hubiese correspondido efectuar al empleador por concepto de gratificaciones de julio y diciembre. En el caso de trabajadores cubiertos por una EPS, la bonificación extraordinaria equivale al 6.75% del aporte al EsSalud que hubiese correspondido efectuar al empleador por concepto de gratificaciones.


Deja un comentario

FUNCIÓN DEL FEDATARIO FISCALIZADOR

ImagenSon funciones del Fedatario Fiscalizador:

a) Dejar constancia de las acciones u omisiones que importen la comisión de las infracciones tributarias a que se refieren los numerales 1 y 5 del artículo 173; numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del artículo 174; numerales 5, 10 y 12 del artículo 177 y numeral 4 del artículo 178 del Código Tributario, para lo cual levantará un Acta Probatoria en la cual se deje constancia de dichos hechos y/o de la infracción cometida.

b) Ejecutar las sanciones de cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes, así como aplicar el comiso de bienes o internamiento temporal de vehículos, según corresponda.

c) Efectuar tomas de inventario de existencias y activos fijos, efectuar la comprobación física, su valuación y registro; así como practicar arqueos de caja, valores y documentos, y control de ingresos.

d) Inmovilizar bienes de cualquier naturaleza, conforme a lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 62 del Código Tributario.
Base Legal: Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 086-2003-EF


Deja un comentario

Tribunal Constitucional declara infundada la mayor parte de la demanda contra la Ley del Servicio Civil Exp. 00018-2013-PI/TC

El Tribunal Constitucional al emitir sentencia para resolver el expediente 00018-2013-PI/TC alcanzò la mayoría de votos necesaria para declarar fundada en parte la demanda y, en consecuencia INCONSTITUCIONAL ùnicamente la expresión “o judicial” del segundo párrafo de la Cuarta Disposiciòn Complementaria Transitoria de la Ley 30057.

En los demàs extremos de la demanda, no se alcanzó los cinco votos por lo que la demanda se declaró infundada en los extremos referidos a:

– La supuesta afectación al derecho colectivo al trabajo de los servidores civiles.

– Al supuesto trato discriminatorio entre servidores pùblicos que ingresen por primera vaez a la carrera y aquellos que se trasladen de un régimen laboral anterior al de la Ley 30057.

– A la supuesta vulneración al derecho a una remuneraciòn equitativa y suficiente.

– Al derecho a la estabilidad laboral en cuanto se disponen como causales de tèrmino del servicio civil, la capacidad del trabajador en caso de desaprobación y la supresión del puesto por causas tecnològicas, estructurales u organizativas.

– En cuanto al caràcter irrenunciable de los derechos laborales, al disponerse que no resulta acumulable el tiempo de servicios de aquellos servidores que encontràndose en el règimen pensionario del decreto Ley 20530, opten por incorporarse al règimen del servicio civil.

 http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2014/00018-2013-AI.pdf Imagen


Deja un comentario

Las AFPs….. CONGRESO HARA ALGUNOS CAMBIOS

El congresista Jaime Delgado anunció que en las próximas horas presentará un proyecto de ley para modificar el Sistema Privado de Pensiones y el Sistema Nacional de Pensiones.

[Las AFP plantean al Estado un plan para cobrar aportes impagos]

Según la iniciativa, que será acordada con otras bancadas parlamentarias, los trabajadores afiliados a las AFP podrán retirar un porcentaje del fondo acumulado al momento de jubilarse.

[Luis Castilla: ‘Afiliados a las AFP sí recibirán todos sus aportes’]

“Cuando cumplas 20 años de aportes y tu edad de jubilación, las AFP estarán obligadas, si lo solicitas, a entregarte un porcentaje de todo lo aportado,y con el otro monto te dará una pensión mensual hasta que se agote tu fondo”, detalló Delgado a Perú21.

[Jorge Villasante: El 25% de los aportes a las AFP no se cobrarían]

Por ejemplo, continuó el Legislador, si tienes acumulado S/.200 mil, le podrás pedir a las AFP que te dé S/.80 mil en efectivo y los otros S/.120 mil, que lo entregue en una pensión mensual.

“Con este dinero se puede poner un negocio”, agregó.

LA ONP
Para el caso de los afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), Delgado ha planteado que el Estado entregue una pensión así el asegurado no pueda demostrar los 20 años de aportes obligatorios que establece la legislación actual.

“Hoy la norma indica que si no puedes demostrar 20 años de pagos no se te entrega un solo sol y todos los aportes que hiciste se pierden.

“Esto va a cambiar. Porque a una persona que no ha aportado nada le dan Pensión 65 y a los otros se les niega un pago”, se preguntó.

DATOS

– Formas de jubilarse
Los afiliados cuando se jubilan tienen dos opciones: una es quedarse con la AFPy hacer un retiro programado, y la segunda es la renta vitalicia, donde le entrega su fondo a una aseguradora.

– Tipo de comisión
A abril, el 35% de los cotizantes a las AFP está en comisión mixta.


Deja un comentario

Consulta contable

Una consulta de Renta de 1era Cat.:
Si he hecho un contrato de alquiler por 12 meses empezando desde enero 2014 pero mi inquilino deja de pagar desde Julio-Dic, según el principio de devengado ¿debo seguir cancelando el impuesto o esto se convierte en Impuesto de Renta Ficta?

Claro mientras el servicio de Alquiler siga prestandose asi no te cancele o te cancele fuera del plazo acordado debes seguir tributando ya que la Renta de 1ra Categoria se rige por el principio del Devengado, no vendria a ser renta ficta ya que esta ultima (Ficta o Presunta) se diferencia de la merced conductiva en base al Contrato que por este ultimo deberia ser uncontrato por Cesion de Bienes.